GAEM

Contribuciones a través de herencias o legados.

Se puede colaborar legando una cantidad fija, un porcentaje sobre el total de su patrimonio o una propiedad. De acuerdo con las leyes del estado español, recibiremos estos bienes libres del Impuesto de Sucesiones y Donaciones, del que estamos legalmente exentos.

Si tiene herederos, y dentro de los límites legalmente establecidos, puede legar una parte de sus bienes a la fundación. Si no tiene herederos, puede designar a la Fundación GAEM, Grupo de Afectados de Esclerosis Múltiple, como heredera universal.

Destinatario del legado: Fundació GAEM, Grup d'Afectats d'Esclerosi Múltiple
Domicilio social: Parc Científic Barcelona. C / Baldiri Reixac, 4. Torre R. 2 ª planta. 08028
Barcelona, Españia
NIF: G64378839


Los requerimientos formales para legar herencias varían de un país a otro en función de su legislación.











© Fundación GAEM, Parc Científic Barcelona - Baldiri Reixac, 4 Torre R 2ª planta 08028 Barcelona - Tel. +34 935 190 300 - infogaem@pcb.ub.cat
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