
Se puede colaborar legando una cantidad fija, un porcentaje sobre el total de su patrimonio o una propiedad. De acuerdo con las leyes del estado español, recibiremos estos bienes libres del Impuesto de Sucesiones y Donaciones, del que estamos legalmente exentos.
Si tiene herederos, y dentro de los límites legalmente establecidos, puede legar una parte de sus bienes a la fundación. Si no tiene herederos, puede designar a la Fundación GAEM, Grupo de Afectados de Esclerosis Múltiple, como heredera universal.
Destinatario del legado: Fundació GAEM, Grup d'Afectats d'Esclerosi Múltiple
Domicilio social: Parc Científic Barcelona. C / Baldiri Reixac, 4. Torre R. 2 ª planta. 08028
Barcelona, Españia
NIF: G64378839
Los requerimientos formales para legar herencias varían de un país a otro en función de su legislación.
